A continuación destacamos algunos detalles a tener en cuenta sobre los armario de seguridad para inflamables, según reocoge el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
Características de los armarios de seguridad para inflamables
- Mismas características de protección pasiva que las establecidas para un sector de incendio
- Para que el armario de seguridad se pueda considerar como un sector de incendios deberá tener una resistencia al fuego mínima REI 90
- Probados y certificados como tipo 90 según la UNE-EN 14470-1.
- Llevar un letrero bien visible con la indicación de inflamable.
- En el caso de guardarse productos H220 o H221 (gases y líquidos inflamables) es obligatoria la existencia de una ventilación exterior.
Cantidad máxima de líquidos se puede almacenar en un armario
La cantidad máxima de líquidos que puede almacenarse en un armario protegido es de 500 l. Estos 500 l podrán distribuirse según las siguientes cantidades máximas permitidas por tipo de líquido:
a) 0,1 m3 (100 l), de productos H220 y H221
b) 0,25 m3 (250 l), de productos H222, H223 (aerosoles inflamables), H224 y H225 .
c) 0,5 m3 (500 l), de productos H226 o suma de H220, H221, H222, H223, H224, H225 y H226 sin sobrepasar las cantidades máximas especificadas anteriormente.